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| Junio 10, 2004 Convenio 2 x 1 HISTORIA | |  | | Lic. Arturo Romo Gutiérrez. Foto: Archivo. | | | México, Distrito Federal, a 10 de diciembre de 1992 .
PROGRAMA DOS POR UNO
Acuerdo de colaboración que celebra
Por una parte la Secretaría de Relaciones Exteriores a través del Programa para las comunidades Mexicanas en el Extranjero, en lo sucesivo “El Programa”, representado en este acto por el Subsecretario de Relaciones Exteriores Andrés Rosental; Y
Por la otra el gobierno del Estado de Zacatecas, en los sucesivo “El Estado”, representado por el C. Gobernador Constitucional del Estado, Lic. Arturo Romo Gutiérrez.
Para estrechar los lazos entre los mexicanos originarios de dicha entidad radicados fuera del país y su estado natal al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas.
DECLARACIONES
Del Programa:
Que es una unidad administrativa de la Secretaría de Relaciones Exteriores creada por acuerdo del Gabinete de Política Exterior el 28 de enero de 1990.
Que sus objetivos consisten en mejorar los vínculos con la población mexicana y de origen mexicano que reside en el extranjero, mediante el desarrollo de programas concretos de interés y beneficio mutuo. La enorme concentración de estas comunidades en los Estados Unidos hace prioritario atender las demandas de colaboración de los allí radicados.
Que uno de los principales obstáculos para el logro de esos propósitos es el desarraigo sufrido por muchos mexicanos a causa de los prejuicios, pero que no se percibe en la misma proporción cuando se trata de los eslabones entre nuestros compatriotas y sus terruños, pues tienen su origen en relaciones familiares, religión, costumbres y tradiciones transmitidas de padres a hijos e inmunes a la incomprensión.
Que la existencia de esos fuertes nexos debe servir de base para edificar una relación nueva, integral, completa, que encaje perfectamente dentro de los objetivos generales del programa, máxime cuando se trata de una vinculación natural, desprovista de tintes políticos y muy poco proclive a la generación de desconfianza.
Del Estado.
Que los patrones migratorios de su población han creado importantes enclaves en el extranjero, los cuales mantienen relaciones informales permanentes con su patria chica. Que además existe un flujo constante de recursos proveniente de esas comunidades, la mayor parte de los cuales son remesas para subsistencia familiar, pero que también incluye inversiones y derrama por turismo en cantidades significativas.
Que precisar estadísticas demográficas y económicas se dificulta por la naturaleza misma de esa población, pero que es deseable que exista un esfuerzo permanente por mejorar el conocimiento sobre ella, interés que es compartido por El Estado y por sus instituciones de educación superior.
Que es propósito cabal del Estado mejorar las relaciones entre sus emigrados y los sectores publicos y privado de la entidad, así como profundizar en el conocimiento sobre la situación, características y problemática de ese importante sector de su población.
De conformidad con lo anterior, las partes acuerdan colaborar para el logro de los propósitos señalados, en los términos de las siguientes:
|  | | Tlaltenango, Zac., septiembre de 1996, inauguración de obras del Programa 2 x 1. Foto: Archivo. | | |
CLAUSULAS
PRIMERA.- El Estado acepta crear y desarrollar un proyecto de acercamiento con los mexicanos oriundos de la entidad que radican fuera del país. El programa proporcionará apoyo y asesoría para el cabal logro de dicho propósito.
SEGUNDA.- El Programa acepta reorientar sus acciones a fin que las promociones educativas, culturales, de negocios, deportes, salud y bienestar social, puedan manifestarse a través de proyectos tripartitas, en los originarios del Estado que radiquen en Estados Unidos, así como personas e instituciones publicas y privadas de la entidad.
TERCERA.- El Programa procurará organizar a los emigrados nativos del Estado en asociaciones, clubes, sociedades, federaciones etc., en las que el factor aglutinador sea el origen estatal o municipal.
CUARTA.- El Estado realizará visitas a las áreas de Estados Unidos en las que se concentren sus oriundos y mantendrá permanente relación con las agrupaciones que junto con el Programa identifiquen como interlocutores válidos.
QUINTA.- El Estado promoverá estudios e investigaciones tendientes a conocer los patrones migratorios de su pueblo, así como las características, problemáticas y potencialidades de su comunidad emigrada, por medio de las instituciones de educación superior de su entidad. Con el apoyo del Programa, se buscará integrar un sistema de intercambio académico con otras universidades conocedoras del tema.
SEXTA.- El Programa apoyará las gestiones necesarias para que se asigne un espacio en Los Angeles, California, que aloja al personal especializado “STAFF”, que atenderá asuntos exclusivos de los oriundos de Zacatecas en esa Circunscripción, dicho personal será asignado por el Gobierno del Estado y sus gastos y percepciones serán cubiertos por el mismo.
SÉPTIMA.- En coordinación con el Estado, el Programa gestionará ante las Dependencias Federales involucradas en el desarrollo social, la asignación de recursos económicos extraordinarios con el propósito de apoyar los proyectos sociales o productivos que sobre la base de formula de “DOS POR UNO” que los emigrados propongan para el mejoramiento de las comunidades de origen.
OCTAVA.- El programa compartirá la información que sobre los nativos del Estado obtenga y trabajará en concierto con las organizaciones institucionales del Estado que realicen esfuerzos semejantes.
NOVENA.- Las partes propiciarán en la comunidad originaria del Estado y radicada en Estados Unidos, un conocimiento permanente y preciso de la realidad mexicana. Trabajarán coordinadamente para hacerles llegar productos culturales que refuercen su identidad y den sustento al orgullo por sus raíces, especialmente manifestaciones de folklore y la historia de su Estado en particular.
DECIMA.- Los temas y áreas aquí señalados no deberán considerarse exhaustivos y su inclusión es meramente enunciativa. Las partes acuerdan mantener una permanente actitud innovadora que imprima dinamismo y creatividad a las relaciones, sin que el consenso se traduzca en exclusividad, dado que existen y deben propiciarse en el futuro acciones en las que las partes coadyuvan con otras dependencias federales o estatales, así como instituciones y personas del sector privado.
DECIMA PRIMERA.- Las situaciones no previstas en el presente Acuerdo de Colaboración serán resueltas por las partes de común acuerdo, de buena fe, conforme a los usos y costumbres aplicables en casos similares y considerando primordialmente los objetivos de cooperación que en el presente se establecen.
DECIMA SEGUNDA.- El Estado y el Programa convienen en que el presente Acuerdo podrá darse por terminado en cualquier momento, mediante notificación escrita a la otra parte, con anticipación mínima de seis meses.
DECIMA TERCERA.- El presente Acuerdo de Colaboración entrará en vigor a partir de la fecha de su firma.
Estando de acuerdo las partes con las estipulaciones anteriores, firman el presente en la Ciudad de México, Distrito Federal a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos.
Por el Estado de Zacatecas
Lic. Arturo Romo Gutiérrez
Gobernador Constitucional de Zacatecas
Por la Secretaría de Relaciones Exteriores Embajador Andrés Rosental Gutman
Subsecretario de Relaciones Exteriores
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